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Cuaderno jurídico · Barcelona Laboral

Despido por pérdida de facturación en Barcelona: guía legal

¿Quieres eliminar un puesto por caída de ingresos? Aprende cómo tramitar un despido objetivo por causas económicas en Barcelona de forma legal y segura.

Abogado de Barcelona Laboral revisando documentación para gestionar un despido por pérdida de facturación empresarial

Un despido por pérdida de facturación en Barcelona puede ser legal incluso cuando la empresa todavía obtiene beneficios, siempre que exista una causa económica real y se cumplan los requisitos del Estatuto de los Trabajadores. La caída de ingresos debe estar correctamente acreditada y la medida extintiva debe guardar una conexión razonable con la situación empresarial.

En Barcelona Laboral somos especialistas en Derecho Laboral y asesoramos a empresas y trabajadores en despidos objetivos por causas económicas. Analizamos la evolución de ingresos, la documentación contable, el puesto afectado, la carta de despido, la indemnización y los umbrales de despido colectivo antes de ejecutar o impugnar la medida.

Respuesta rápida: existe causa económica cuando concurren pérdidas actuales o previstas o una disminución persistente de ingresos ordinarios o ventas. La ley considera persistente la disminución cuando durante tres trimestres consecutivos los ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre son inferiores a los del mismo trimestre del año anterior. No existe un porcentaje mínimo de caída fijado por la ley.

Cuándo puede hacerse un despido por pérdida de facturación en Barcelona

Pérdidas o disminución persistente de ingresos

La causa económica no se limita a una caída de ventas. El artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores contempla pérdidas actuales o previstas y también la disminución persistente de ingresos ordinarios o ventas.

Antes de dar ningún paso, asegúrate de que el despido por causas económicas está bien fundamentado. En Barcelona Laboral analizamos tu expediente y te decimos exactamente cómo proceder para minimizar riesgos legales.

Si la empresa se apoya en esta segunda vía, la referencia legal son tres trimestres consecutivos comparados con los mismos trimestres del año anterior. No es necesario que la empresa esté en números rojos ni existe un porcentaje mínimo de caída del 10 %, 20 % o 30 % fijado por la ley.

Por ejemplo, una sociedad que sigue siendo rentable pero ha reducido de forma continuada sus ingresos ordinarios puede tener causa económica si cumple los presupuestos legales y puede acreditarlos.

Cómo preparamos un despido objetivo por causas económicas

1. Analizamos la documentación económica

En Barcelona Laboral revisamos las cuentas disponibles, balances, cuentas de resultados, evolución trimestral de ingresos o ventas, declaraciones fiscales y cualquier documentación empresarial que permita acreditar la situación invocada.

No existe una lista rígida de documentos que deba utilizarse en todos los despidos objetivos individuales. La documentación necesaria depende de la causa exacta que se alegue y de las circunstancias de la empresa.

2. Justificamos la conexión entre la causa y el puesto

No basta con acreditar que la facturación ha disminuido. También debe existir una relación razonable entre la situación económica y la decisión de amortizar o reorganizar el puesto concreto.

La empresa dispone de un margen de organización, pero la decisión no puede ser arbitraria, discriminatoria o ajena a la causa alegada.

3. Revisamos si existe riesgo de despido colectivo

Antes de tramitar un despido por pérdida de facturación en Barcelona comprobamos cuántas extinciones por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas se han producido o están previstas dentro del periodo legal de referencia.

Requisitos formales del despido objetivo económico

Carta escrita expresando la causa

La empresa debe entregar una comunicación escrita que exprese la causa de la extinción. No es suficiente utilizar fórmulas genéricas como “bajada de facturación” o “reestructuración”. La carta debe contener información suficiente para que la persona trabajadora conozca los hechos que sustentan la decisión y pueda defenderse.

Eso no significa que exista una obligación general de adjuntar a la carta todas las cuentas anuales, declaraciones fiscales o documentos contables. La suficiencia de la comunicación depende de que los hechos y datos esenciales estén correctamente explicados.

Indemnización de 20 días por año

La indemnización del despido objetivo procedente es de 20 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores al año y con un máximo de 12 mensualidades.

Esta indemnización no se divide en 45 días para periodos anteriores a 2012 y 20 días para los posteriores. La regla transitoria 45/33 pertenece al cálculo del despido improcedente en contratos anteriores al 12 de febrero de 2012.

Preaviso de 15 días

Debe concederse un plazo de preaviso de 15 días entre la entrega de la comunicación y la extinción. Durante ese periodo, la persona trabajadora tiene derecho a seis horas semanales retribuidas para buscar empleo.

En los despidos del artículo 52.c), debe darse copia del escrito de preaviso a la representación legal de los trabajadores para su conocimiento.

Excepción a la puesta a disposición de la indemnización

Cuando la extinción se basa en causa económica y la propia situación económica impide poner a disposición la indemnización en el momento de entregar la carta, la empresa puede acogerse a la excepción del artículo 53.1.b), siempre que lo haga constar expresamente en la comunicación.

No basta con alegar de forma genérica falta de liquidez: si se discute, la empresa tendrá que acreditar la situación que impedía realizar el pago.

Despido individual o despido colectivo: cuándo cambia el procedimiento

Umbrales del artículo 51 y despidos escalonados

Tamaño de la empresa Umbral en 90 días
Menos de 100 trabajadores 10 trabajadores
Entre 100 y 300 trabajadores 10 % de la plantilla
Más de 300 trabajadores 30 trabajadores

También se considera despido colectivo la extinción de toda la plantilla cuando afecta a más de cinco trabajadores y deriva del cese total de la actividad empresarial basado en las causas previstas legalmente.

El Estatuto contiene además una regla específica para evitar que se realicen extinciones sucesivas con el objetivo de no alcanzar los umbrales del despido colectivo. Si existe utilización fraudulenta del procedimiento individual, las consecuencias pueden ser especialmente graves.

Cómo funciona el periodo de consultas

En un despido colectivo, el periodo de consultas tiene una duración no superior a 15 días naturales en empresas de menos de 50 trabajadores y no superior a 30 días naturales en empresas de 50 o más.

No existe autorización administrativa previa para ejecutar un ERE por causas económicas, pero sí deben cumplirse el procedimiento de consultas, la documentación reglamentaria y las comunicaciones a la autoridad laboral.

El plan de recolocación externa es obligatorio cuando el despido colectivo afecta a más de 50 trabajadores, con las excepciones legalmente previstas. No es un documento obligatorio en cualquier ERE.

Errores que pueden convertir el despido en improcedente o nulo

Una carta demasiado genérica

Una carta que se limite a afirmar que “han bajado las ventas” sin explicar datos, periodos o circunstancias puede impedir una defensa adecuada y comprometer la validez formal del despido.

Un despido mal preparado puede costarle a tu empresa mucho más que la indemnización. Habla con nuestros abogados laboralistas y diseña una estrategia de extinción de contrato sólida, documentada y ajustada a la ley.

Confundir la indemnización objetiva con la improcedente

En un despido por pérdida de facturación en Barcelona procedente corresponden 20 días por año con límite de 12 mensualidades. Si se declara improcedente, la referencia general pasa a 33 días por año con límite de 24 mensualidades, aplicándose el régimen transitorio 45/33 cuando proceda.

Contrataciones posteriores, improcedencia y nulidad

Una contratación posterior no convierte por sí sola el despido en improcedente. Sin embargo, si poco después se cubre exactamente el mismo puesto y las mismas funciones, ese hecho puede ser relevante para valorar si la causa y la amortización alegadas eran coherentes.

Además, el incumplimiento de requisitos formales suele conducir a la improcedencia cuando así lo establece la ley. La nulidad se reserva para supuestos como discriminación, vulneración de derechos fundamentales, determinados colectivos especialmente protegidos o utilización fraudulenta del despido individual para evitar un despido colectivo.

Qué ocurre si el trabajador impugna el despido

Plazo de 20 días hábiles

La persona trabajadora dispone de 20 días hábiles desde la fecha del despido para impugnarlo. En Cataluña, con carácter general, debe presentarse previamente la papeleta de conciliación administrativa.

La presentación de la conciliación suspende la caducidad; el plazo no vuelve a empezar desde cero.

Qué deberá acreditar la empresa

Si el despido por pérdida de facturación en Barcelona llega a juicio, la empresa deberá acreditar la causa alegada y la corrección del procedimiento. Por eso en Barcelona Laboral insistimos en preparar el expediente antes de ejecutar el despido y no después de recibir la reclamación.

Posibles resultados

El despido puede ser declarado procedente, improcedente o nulo. Si es procedente, se mantiene la extinción y la indemnización objetiva. Si es improcedente, entran en juego las reglas de readmisión o indemnización. Si es nulo, la consecuencia general es la readmisión obligatoria y el abono de salarios de tramitación.

Barcelona Laboral: asesoramiento en despidos económicos en Barcelona

En Barcelona Laboral estamos especializados exclusivamente en Derecho Laboral. Asesoramos a empresas que necesitan reorganizar plantilla y a trabajadores que quieren revisar si una causa económica está correctamente acreditada.

Para empresas

Analizamos la documentación económica, los umbrales, el convenio colectivo, la selección del puesto, la indemnización y la carta antes de ejecutar el despido por pérdida de facturación en Barcelona.

Para trabajadores

Revisamos la carta, la evolución económica alegada, la indemnización y el plazo de impugnación para valorar si existen defectos de fondo o forma.

Preguntas frecuentes sobre despido por pérdida de facturación en Barcelona

¿La empresa tiene que estar en pérdidas?

No. También puede existir causa económica cuando hay una disminución persistente de ingresos ordinarios o ventas durante tres trimestres consecutivos comparados con los mismos trimestres del año anterior.

¿Tu empresa ha perdido facturación y necesitas reorganizar la plantilla? Te ayudamos a preparar toda la documentación acreditativa y a gestionar el proceso con seguridad jurídica desde el primer momento.

¿Qué porcentaje de caída de facturación exige la ley?

No existe un porcentaje mínimo fijado legalmente. Debe acreditarse la situación económica prevista en el Estatuto y la relación razonable de la medida con esa situación.

¿Cuál es la indemnización del despido objetivo económico?

Son 20 días de salario por año de servicio, prorrateando los periodos inferiores al año y con un máximo de 12 mensualidades.

¿Los contratos anteriores a 2012 cobran 45 días en un despido objetivo?

No. El despido objetivo procedente se indemniza a 20 días por año. La regla transitoria 45/33 se aplica al cálculo del despido improcedente de contratos anteriores al 12 de febrero de 2012.

¿La empresa tiene que entregar todas sus cuentas con la carta?

No existe una obligación general de adjuntar toda la documentación contable a la carta individual. Sí debe expresar suficientemente la causa y poder acreditarla si el despido es impugnado.

¿Cuánto dura el periodo de consultas de un ERE?

Como máximo 15 días naturales en empresas de menos de 50 trabajadores y 30 días naturales en empresas de 50 o más, salvo que el procedimiento finalice antes en los casos legalmente previstos.

¿Cuánto tiempo tiene el trabajador para impugnar?

El plazo es de 20 días hábiles desde el despido. La conciliación administrativa previa suspende la caducidad en los términos previstos por la legislación procesal laboral.

Cuéntanos qué ha ocurrido y te indicaremos qué información conviene revisar primero.

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